Artículo 10 - Que adopta medidas para optimizar el Gobierno Corporativo en los Bancos
República de Panamá
Artículo 10. RESPONSABILIDADES DE LA JUNTA DIRECTIVA. La Junta Directiva es responsable por el establecimiento y mantenimiento de un sistema de control interno efectivo en el Banco y velar porque existan condiciones generales de trabajo adecuadas para el desempeño de las tareas asignadas a cada nivel del personal. La Junta Directiva también es responsable, conjuntamente con la Gerencia Superior, de la promoción de elevados estándares éticos y de integridad, así como de establecer una cultura organizativa que demuestre y enfatice, a todos los funcionarios la importancia del proceso de control interno, el papel de cada uno dentro del Banco y de estar plenamente integrados al mismo. A fin de cumplir con sus responsabilidades, la Junta Directiva deberá realizar por lo menos las siguientes tareas; a. Aprobar y revisar periódicamente las estrategias de negocios y otras políticas trascendentes del Banco; b. Conocer y comprender los principales riesgos a los cuales se expone el Banco, estableciendo límites y procedimientos razonables para dichos riesgos y asegurarse que la Gerencia Superior adopte las medidas necesarias para la identificación, medición, vigilancia y control de los mismos; c. Mantener informada a la Superintendencia sobre situaciones, eventos o problemas que afecten o pudieran afectar significativamente al Banco, y las acciones concretas para enfrentar y/o subsanar las deficiencias identificadas. d. Documentarse debidamente y procurar tener acceso a toda la información necesaria sobre las condiciones y políticas administrativas para tomar decisiones, en el ejercicio de sus funciones ejecutivas y de vigilancia; e. Aprobar la estructura organizacional y asegurarse de que la Gerencia Superior verifique la efectividad del sistema de control interno; f. Seleccionar y evaluar al Gerente General y a los responsables por las funciones de auditoria externa e interna; g. Establecer y revisar por lo menos una (1) vez al año los objetivos y procedimientos del sistema de control interno, aprobar los manuales de organización y funciones, de políticas y procedimientos, de control de riesgos y demás manuales del Banco en donde se plasmen los mismos, así como los incentivos, sanciones y medidas correctivas que fomenten el adecuado funcionamiento del sistema de control interno y verificar su cumplimiento sistemáticamente; y h. Aprobar los programas de auditoría interna y externa, y revisar los Estados Financieros no auditados del Banco por lo menos una (1) vez cada tres meses.
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