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Artículo 10 - Que fija las nuevas tasas de salario mínimo en todo el territorio nacional

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Artículo 10. Las tasas fijadas mediante este Decreto Ejecutivo constituyen la remuneración mínima en dinero que se debe pagar a los trabajadores, y por tanto, modifican los salarios inferiores estipulados en cualquier disposición legal o reglamentaria, contrato laboral o convención colectiva. Igualmente, continúan vigentes los salarios que, siendo superiores a los que se fijan en este Decreto, estén establecidos o se establezcan en cualquier disposición legal o contractual, costumbre de empresa respecto a salario o remuneración mayor.

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Artículo 11. Las violaciones a las disposiciones a este Decreto Ejecutivo acarrearán sanciones contenidas en el artículo 180 del Código de Trabajo.

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Artículo 12. Este Decreto Ejecutivo deroga el Decreto Ejecutivo 293 de 22 de diciembre de 2015 y todas aquellas disposiciones reglamentarias que le sean contrarias.

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Artículo 13. El presente Decreto Ejecutivo entrará a regir a partir del 1 de enero de 2018, previamente publicado en Gaceta Oficial.

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