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Artículo 10 - QUE ESTABLECE LOS CONCURSOS NACIONALES DE CIRCULOS DE LECTORES, DE REDACCION Y NARRACION DE CUENTOS, DE DIBUJO Y PINTURA, DE MUSICA, CANTO, TEATRO Y OTRAS AREAS DE LAS ARTES.

Ley 10 del año 2007

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 10. El Ministerio de Educación velará por la dotación paulatina de los insumos e infraestructuras necesarios para el desarrollo de estas artes, de acuerdo con las necesidades de cada centro educativo del país.

Palabras clave de éste artículo

Ministerio de Educacióncentro educativo


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