Artículo 111 - POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CARRERA ADMINISTRATIVẠ
Ley 9 del año 1994
República de Panamá
Artículo 111. En caso de fallecimiento del servidor público, se le concederá el último mes de sueldo al beneficiario previamente designado o, en su defecto, a sus herederos.
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Artículo 112. La Dirección General de Carrera Administrativa, en coordinación con las autoridades nominadoras, establecerá programas de motivación para los servidores públicos de carrera, a efecto de incentivar su productividad, eficiencia, y mejorar su desarrollo moral, social, cultural y su espíritu de trabajo.
Ver artículo 112 de Ley 9 del año 1994
Artículo 113. Los programas motivacionales establecerán incentivos económicos, morales y socioculturales, basados estrictamente en el desempeño del servidor público.
Ver artículo 113 de Ley 9 del año 1994
Artículo 114. Las partidas presupuestarias que se requieran para el cumplimiento de los programas motivacionales serán incorporadas en el Presupuesto General del Estado, previa coordinación entre las instituciones donde se desarrollen los programas y la Dirección General de Carrera Administrativa.
Ver artículo 114 de Ley 9 del año 1994
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