Artículo 12 - QUE CREA LOS HOGARES DE CUIDADO DIARIO Y EL PROGRAMA DE MADRES CUIDADORAS PARA LA ATENCION INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIẠ
Ley 34 del año 2018
República de Panamá
Artículo 12. Se asigna dentro del presupuesto de la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia la partida presupuestaria para la implementación de los Hogares de Cuidado Diario y la creación de la unidad administrativa con personal idóneo para atender el Programa de Madres Cuidadoras para la Atención Integral a la Primera Infancia a nivel nacional.
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