Artículo 12 - QUE CREA EL CORREGIMIENTO MANACA, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO RODOLFO AGUILAR DELGADO, Y EL CORREGIMIENTO EL PALMAR, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO PUERTO ARMUELLES CABECERẠ
Ley 46 del año 2018
República de Panamá
Artículo 12. Los actuales representantes de corregimientos y las autoridades de policía de los corregimientos, que han sido segregados conforme la presente Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se realicen las elecciones y la designación de los funcionarios correspondientes en los corregimientos creados por esta Ley.
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