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Artículo 12 - QUE REGULA LA PROFESION DE TERAPIA RESPIRATORIA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 53 del año 2008

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 12. Conmemoración. Se reconoce el 26 de junio de cada año como Día del Terapeuta Respiratorio.

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Artículo 13. Competencia. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, la profesión de Terapia Respiratoria solamente será ejercida por personal idóneo.

Ver artículo 13 de Ley 53 del año 2008

Artículo 14. Prohibición. Se prohíbe a los profesionales en Terapia Respiratoria diagnosticar e instituir tratamientos, sin la debida prescripción médica.

Ver artículo 14 de Ley 53 del año 2008

Artículo 15. Derogación. Esta Ley deroga la Resolución 10 de 24 de marzo de 1992 del Ministerio de Salud.

Ver artículo 15 de Ley 53 del año 2008

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