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Artículo 13 - QUE CREA EL DISTRITO ESPECIAL OMAR TORRIJOS HERRERA, SEGREGADO DEL DISTRITO DE DONOSO, PROVINCIA DE COLON.

Ley 11 del año 2018

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 13. El Tribunal Electoral queda obligado a llevar a cabo una reorganización integral del Padrón Electoral de la provincia de Colón para garantizar que los electores que residan en el distrito especial Omar Torrijos Herrera, así como en los corregimientos creados por esta Ley, sean asignados oportunamente a los centros de votación que les corresponden.

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Artículo 14. El actual alcalde, así como el representante de corregimiento San José del General, y la autoridad de policía de este corregimiento, que ha sido segregado conforme a la presente Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se realicen la elección y la designación, según sea el caso, de los funcionarios correspondientes a las nuevas divisiones políticoadministrativas que esta Ley establece.

Ver artículo 14 de Ley 11 del año 2018

Artículo 15. La presente Ley modifica los artículos 9, 10, 15, 16 y adiciona los artículos 16A y 16B a la Ley 1 de 27 de octubre de 1982.

Ver artículo 15 de Ley 11 del año 2018

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