Artículo 131 - GENERAL DE ADOPCIONES DE LA REPUBLICA DE PANAMẠ
Ley 46 del año 2013
República de Panamá
Artículo 131. Indicativo. La presente Ley modifica los artículos 342, 343, 343B y 369, así como el numeral 4 del artículo 752, y deroga el artículo 343A del Código de la Familia y subroga la Ley 61 de 12 de agosto de 2008.
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