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Artículo 14 - QUE CREA LA ORDEN ARNULFO ARIAS MADRID Y SU CONDECORACION

Ley 1 del año 2003

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 14. Los ascensos dentro de la Orden Arnulfo Arias Madrid se efectuarán de acuerdo con las nuevas posiciones que fueren ocupando los miembros en su respectivas carreras o actividades.

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Artículo 15. Para obtener una promoción en el grado, se requerirá la presentación de una solicitud escrita, dirigida al Gran Canciller, así como el concepto favorable del Consejo de la Orden.

Ver artículo 15 de Ley 1 del año 2003

Artículo 16. La presente Ley deroga el Decreto Ejecutivo 150 de 14 de agosto de 2002, que crea la Condecoración Nacional de la Orden Arnulfo Arias Madrid, y toda disposición que le sea contraria.

Ver artículo 16 de Ley 1 del año 2003

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