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Artículo 14 - QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS EL EMPALME Y LAS TABLAS EN EL DISTRITO DE CHANGUINOLA, PROVINCIA DE BOCAS DEL TORO, MODIFICA LA LEY 1 DE 1982 Y LA LEY 5 DE 1998 Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 40 del año 2003

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 14. Los actuales representantes de los corregimientos Changuinola (cabecera) y Guabito, así como las autoridades de policía de tales corregimientos sujetos a segregación, continuarán ejerciendo sus funciones hasta tanto se haga la elección o designación de los funcionarios correspondientes a la nueva división políticoadministrativa que establece esta Ley.

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policía


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Artículo 15. Esta Ley modifica el artículo 6 de la Ley 1 de 27 de octubre de 1982, modificado por la Ley 5 de 19 de enero de 1998, los numerales 1 y 3 del artículo 10, el artículo 11, el numeral 2 del artículo 13 y los artículos 13 y 14 de la Ley 5 de 19 de enero de 1998.

Ver artículo 15 de Ley 40 del año 2003

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