Artículo 14 - QUE CREA EL CONSEJO PERMANENTE MULTISECTORIAL PARA LA IMPLEMENTACION DEL COMPROMISO NACIONAL POR LA EDUCACION.
Ley 59 del año 2018
República de Panamá
Artículo 14. El COPEME en el desarrollo de sus funciones podrá invitar a sus actividades y reuniones a personas naturales o jurídicas, organismos nacionales o internacionales, instituciones públicas o privadas, ministerios y representantes de los Órganos del Estado que considere conveniente y necesario para tratar temas específicos y de interés para la educación nacional.
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