Artículo 15 - POR LA CUAL SE ESTABLECE EL ESCALAFON PARA LOS INSPECTORES TECNICOS DE SANEAMIENTO AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE SALUD, EN DESARROLLO DEL ARTICULO 264 NUMERAL 5 DE LA CONSTITUCION NACIONAL.
Ley 20 del año 1982
República de Panamá
Artículo 15. Los Inspectores Técnicos de Saneamiento Ambiental que al momento de entrar en vigencia este Escalafón, estuviesen nombrados sin cumplir con lo establecido en el Artículo 10, estarán obligados a asistir al curso de adiestramiento inicial de Saneamiento Ambiental del Ministerio de Salud.
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