Artículo 16 - QUE CREA EL PATRONATO DE LA FERIA INTERNACIONAL DE CHANGUINOLA
Ley 28 del año 2002
República de Panamá
Artículo 16. El patrimonio del Patronato estará constituido por: 1. Los bienes muebles e inmuebles adquiridos por el Patronato, así como los donados por cualquier entidad pública o privada y cualquier persona natural. 2. El aporte que anualmente realice cualquier Órgano del Estado, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, el Ministerio de Comercio e Industrias, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Educación, el Instituto Panameño de Turismo, el Instituto Nacional de Cultura, la Autoridad Nacional del Ambiente, la Autoridad Marítima de Panamá, el Municipio de Changuinola, las Juntas Comunales del distrito de Changuinola, las Organizaciones Cívicas y Obreras, las Organizaciones Agropecuarias o Centros Regionales Universitarios. 3. Las herencias y legados recibidos a beneficio de inventario. 4. Los ingresos que reciba como interés de su capital e inversiones por los servicios que preste y de las actividades que realice, así como de cualquier bien o derecho derivado de sus operaciones. 5. Las donaciones que reciba de organismos internacionales.
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