Artículo 16 - Que reforma la Ley 90 de 2017, Sobre dispositivos médicos y productos afines, y dicta otras disposiciones
Ley 92 del año 2019
República de Panamá
Artículo 16. Los procesos de adquisiciones públicas de los productos para la salud humana se regirán por lo establecido en las leyes para la adquisición de productos del Estado que sean establecidas para tal fin, sin perjuicio del cumplimiento de las normas que rigen estos productos en relación con los requisitos de la Comisión Nacional del Registro Nacional de Oferentes y de las Fichas Técnicas del Comité Técnico Nacional Interinstitucional.
Palabras clave de éste artículo
Explora otros artículos de esta norma
Buscar algo específico en las normas de Panamá