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Artículo 19 - QUE CREA EL CENTRO NACIONAL DE ESTUDIOS EN TECNICAS DE IMAGENES MOLECULARES.

Ley 16 del año 2010

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 19. El CENETIM estará libre de pago de impuestos, contribuciones o gravámenes y gozará de las mismas garantías del Estado en las actuaciones judiciales.

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salarioimpuesto


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Artículo 20. El CENETIM podrá celebrar convenios con entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, así como con organismos internacionales. Además podrá contratar personal científico especializado, de investigación o docencia, de nacionalidad panameña o extranjera, para programas o planes específicos, por un periodo de tiempo definido, conforme a sus necesidades y las directrices que establezca el Consejo Directivo y las leyes vigentes.

Ver artículo 20 de Ley 16 del año 2010

Artículo 22. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley.

Ver artículo 22 de Ley 16 del año 2010


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