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Artículo 19 - QUE REGULA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE TECNICO Y PROFESIONALES EN EDUCACION PARA LA SALUD.

Ley 38 del año 2018

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 19. El Estado adoptará las medidas necesarias para garantizar a la población los servicios de educación para la salud.

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