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Artículo 20 - POR LA CUAL SE CREA EL PATRONATO QUE REGIRA LA INSTITUCION SANITARIA Y ASISTENCIAL DENOMINADA HOSPITAL MARCO Ạ ROBLES Y SE TOMAN OTRAS MEDIDAS.

Ley 14 del año 1994

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 20. La Contraloría General de la República fiscalizará el manejo de los bienes, fondos, operaciones y obligaciones del hospital; y sus auditores podrán hacer, con o sin previo aviso, inspecciones y arqueos periódicos, generales o parciales.

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Contraloría General de la Repúblicacapitalpreaviso


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