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Artículo 20 - POR LA CUAL SE CREA LA COMARCA KUNA DE MADUGANDỊ

Ley 24 del año 1996

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 20. Se faculta al Órgano Ejecutivo para que, mediante decreto, reconozca la Carta Orgánica Administrativa de la Comarca Kuna de Madungandi, siempre que no se lesionen principios constitucionales y legales vigentes.

Palabras clave de éste artículo

Órgano Ejecutivoaviso


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Artículo 21. Se respetará el Acuerdo del 31 de marzo de 1995, suscrito entre indígenas y campesinos que habitan la Comarca Kuna de Madungandi y refrendado por las autoridades del Gobierno nacional.

Ver artículo 21 de Ley 24 del año 1996

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