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Artículo 20 - POR LA CUAL SE FIJAN NORMAS PARA CONTROLAR LOS VECTORES TRANSMISORES DEL DENGUẸ

Ley 33 del año 1997

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 20. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud emitirá los reglamentos que estime convenientes para el cumplimiento de la presente Ley.

Palabras clave de éste artículo

Órgano EjecutivoMinisterio de Saludreglamento


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