Artículo 20 - POR LA CUAL SE FIJAN NORMAS PARA CONTROLAR LOS VECTORES TRANSMISORES DEL DENGUẸ
Ley 33 del año 1997
República de Panamá
Artículo 20. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud emitirá los reglamentos que estime convenientes para el cumplimiento de la presente Ley.
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