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Artículo 21 - QUE CREA DOS DISTRITOS Y SEIS CORREGIMIENTOS EN LA COMARCA NGÄBE-BUGLẸ

Ley 33 del año 2012

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 21. Se declara el distrito de Jirondai polo de desarrollo agrícola especial, para lo cual las instituciones financieras estatales brindarán todo el apoyo necesario.

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Artículo 22. La presente Ley modifica los artículos 29, 30, 31 y 32 de la Ley 69 de 28 de octubre de 1998.

Ver artículo 22 de Ley 33 del año 2012

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