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Artículo 22 - QUE CREA EL CENTRO LOGISTICO REGIONAL DE ASISTENCIA HUMANITARIẠ

Ley 80 del año 2017

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 22. El Ministerio de Gobierno incluirá en su presupuesto anual las partidas necesarias para el funcionamiento, operación e inversiones del Centro Logístico en cumplimiento de los objetivos para el cual fue creado.

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Artículo 23. El Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno, reglamentará la presente Ley.

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