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Artículo 24 - POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS E INSTRUMENTOS PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGIA Y LA INNOVACION.

Ley 13 del año 1997

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 24. Se crea el Fondo Nacional para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (FONACIT), como un mecanismo para subvencionar el financiamiento de la investigación, el desarrollo científicotecnológico y la innovación.

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Artículo 25. El FONACITI se compondrá de los aportes del Gobierno nacional y de otras fuentes nacionales y extranjeras. Por su influencia en el desarrollo nacional, el FONACITI podrá recibir aportes del Fondo Fiduciario para el Desarrollo.

Ver artículo 25 de Ley 13 del año 1997

Artículo 26. Los aspectos referentes al manejo y uso de los recursos del FONACITI, quedarán establecidos en un reglamento que se denominará Reglamento de Administración del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Ver artículo 26 de Ley 13 del año 1997

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