Artículo 28 - POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS SOBRE LA CONTAMINACION DEL MAR Y AGUAS NAVEGABLES.
Ley 21 del año 1980
República de Panamá
Artículo 28. La presente Ley modifica el litoral “j” del artículo 5 del Decreto Ley 35 de 1976 y deroga los artículos 3,4 y 5 del Decreto 53 de 1976 en cuanto a la responsabilidad y facultades sancionarías otorgadas a la Comisión Nacional de Aguas y a la Dirección General de Consular y de Naves respectivamente, en lo referente a la contaminación dl mar territorial y las aguas navegables de la República y cualquier otras disposiciones que le sean contrarias.
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