Artículo 33 - QUE CREA EL PROGRAMA NACIONAL DE TRAZABILIDAD O RASTREABILIDAD PECUARIẠ
Ley 104 del año 2013
República de Panamá
Artículo 33. La presente Ley deroga la Ley 3 de 10 de enero de 2006 y las Resoluciones 273A de 5 de junio de 2007 y 274A de 5 de junio de 2007, dictadas por la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias.
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