Artículo 33 - QUE DICTA EL MARCO REGULATORIO PARA LA ADMINISTRACION DE LOS AEROPUERTOS Y AERODROMOS DE PANAMA
Ley 23 del año 2003
República de Panamá
Artículo 33. Con el documento por el cual se incorpora el pacto social de cualquier sociedad administradora de aeropuertos o aeródromos, deberá adicionarse al protocolo, copia de la Gaceta Oficial en donde aparezca promulgada la presente Ley. Sin este requisito no podrá inscribirse el documento en el Registro Público.
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