Artículo 35 - QUE ESTABLECE EL ESCALAFON Y LA NOMENCLATURA DE CARGOS DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS SOCIALES Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Ley 16 del año 2009
República de Panamá
Artículo 35. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley y aprobará la escala salarial correspondiente al Escalafón descrito en el término de seis meses.
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