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Artículo 38 - QUE CREA EL FONDO DE AHORRO DE PANAMA Y MODIFICA LA LEY 34 DE 2008, SOBRE RESPONSABILIDAD SOCIAL FISCAL.

Ley 38 del año 2012

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 38. Sustitución jurídica. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, el FFD será sustituido para todos los efectos legales por el FAP. En consecuencia, toda norma legal, documento o proceso en curso, en que forme parte el FFD, se entenderá referido al FAP.

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Artículo 39. Reglamentación. Esta Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo en un periodo de tres meses, contado a partir de su promulgación.

Ver artículo 39 de Ley 38 del año 2012

Artículo 40. Indicativo. La presente Ley deroga la Ley 20 de 15 de mayo de 1995 y modifica los artículos 7, 10, 11, 13 y 14 de la Ley 34 de 5 de junio de 2008.

Ver artículo 40 de Ley 38 del año 2012

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