Artículo 4 - QUE ESTABLECE LA GRATUIDAD DEL SERVICIO DE MAMOGRAFIA EN EL SISTEMA PUBLICO DE SALUD.
Ley 32 del año 2018
República de Panamá
Artículo 4. El Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social y las instituciones, agencias y dependencias de salud gubernamentales tendrán la obligación de dotar de los recursos necesarios para un tamizaje y un examen oportuno del cáncer de mama en la mujer.
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