Artículo 4 - SE REFORMA LA LEY Nº 95 DE 7-12-60 Y LOS ARTICULOS 361 Y 362 DEL CODIGO DE TRABAJO, Y SE CREA EL JUZGADO TERCERO DE TRABAJO DE LA TERCERA SECCION, CON JURISDICCION EN LOS DISTRITOS DE SAN LORENZỌ..
Ley 33 del año 1965
República de Panamá
Artículo 4. Créase un cargo de Inspector de Trabajo de 1ra categoría con B/. 150.00 balboas mensuales con funciones en los distritos de San Lorenzo, San Félix, Remedios y Tolé, las cuales serán las inherentes a los Inspectores de Trabajo de 1ra categoría, y su sede estará en Remedios.
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