Artículo 4 - QUE DECLARA MONUMENTO HISTORICO SITIOS EN LA PROVINCIA DE DARIEN.
Ley 33 del año 2017
República de Panamá
Artículo 4. El Órgano Ejecutivo proveerá los recursos que requieran el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de esta Ley, a partir de la próxima vigencia fiscal.
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