Artículo 4 - QUE CREA EL CONSEJO PERMANENTE MULTISECTORIAL PARA LA IMPLEMENTACION DEL COMPROMISO NACIONAL POR LA EDUCACION.
Ley 59 del año 2018
República de Panamá
Artículo 4. El COPEME tendrá las funciones siguientes: l. Apoyar a las autoridades en el proceso de implementación de las políticas de Estado consensuadas en el Compromiso Nacional por la Educación. 2. Monitorear y evaluar la implementación de programas y proyectos alineados con los objetivos específicos y las líneas de acción del Compromiso Nacional por la Educación. 3. Proponer y recomendar acciones a las autoridades de acuerdo con el resultado del monitoreo y evaluación. 4. Actualizar y ampliar las propuestas del Compromiso Nacional por la Educación conforme a las necesidades, estudios y consultas realizadas. 5. Desarrollar mecanismos de participación ciudadana, rendición de cuentas, transparencia e información confiable y oportuna, así como informar a la ciudadanía sobre los procesos y resultados logrados. 6. Servir de organismo de consulta de las autoridades educativas en temas que se presenten a su consideración. 7. Cualquier otra función que considere necesaria, sin más limitaciones que las que le impone la ley.
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