Artículo 42 - POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS SOBRE PESOS Y DIMENSIONES DE LOS VEHICULOS DE CARGA QUE CIRCULAN POR LAS VIAS PUBLICAS.
Ley 10 del año 1989
República de Panamá
Artículo 42. La presente Ley subroga la Ley No. 11 de 13 de septiembre de 1985 y todas las demás normas que le sean contrarias y entrará a regir a partir de su promulgación.
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