Artículo 45 - POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CARRERA ADMINISTRATIVẠ
Ley 9 del año 1994
República de Panamá
Artículo 45. La Dirección General de Carrera Administrativa reclutará recursos humanos, en función de las necesidades declaradas con antelación por cada institución.
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Artículo 46. La Dirección General de Carrera Administrativa podrá descentralizar la ejecución de los procedimientos de selección, cuando se apliquen a clases de puestos específicos a una institución.
Ver artículo 46 de Ley 9 del año 1994
Artículo 47. Las necesidades de recursos humanos deben tramitarse ininterrumpidamente, de tal manera que satisfagan oportunamente los requerimientos del sector público.
Ver artículo 47 de Ley 9 del año 1994
Artículo 48. El servidor público que ingrese a la administración pública siguiendo las normas de reclutamiento y selección establecidas en esta Ley y sus reglamentos, adquirirá el status de servidor público de carrera administrativa tan pronto cumpla su período de prueba con una evaluación satisfactoria.
Ver artículo 48 de Ley 9 del año 1994
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