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Artículo 46 - Sobre Protección de Datos Personales

Ley 81 del año 2019

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 46. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley en coordinación con la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información.

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Órgano EjecutivoreglamentoAutoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información


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Artículo 47. Esta Ley comenzará a regir a los dos años de su promulgación.

Ver artículo 47 de Ley 81 del año 2019


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