Artículo 48 - QUE REGLAMENTA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL DESARROLLO URBANO Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Ley 6 del año 2006
República de Panamá
Artículo 48. La presente Ley modifica los literales a), j), m), p) y t) del artículo 2 y los literales a) y c) del artículo 7 de la Ley 9 de 25 de enero de 1973, así como el artículo 408 del Código Penal; adiciona un numeral al artículo 17 de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973 y deroga cualquier disposición que le sea contraria.
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