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Artículo 5 - QUE CREA LA LICENCIA DE PATERNIDAD PARA LOS TRABAJADORES DE EMPRESAS PRIVADAS Y LOS SERVIDORES PUBLICOS.

Ley 27 del año 2017

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 5. El trabajador que se acoja a este derecho queda obligado a presentar a su empleador el certificado de nacimiento emitido por la Dirección Nacional del Registro Civil del Tribunal Electoral, que lo acredita como padre del menor.

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Artículo 6. El Órgano Ejecutivo reglamentará esta Ley.

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