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Artículo 51 - Por la cual se aprueba el Acuerdo Marco para Implementar Sistemas de Control Integrado Binacional en los Pasos de Frontera entre Panamá y Costa Rica, firmado en San José, Costa Rica, el 29 de junio de 2017.

Ley 91 del año 2019

República de Panamá Bandera de Panamá


Articulo 51: La normativa aplicable a la movilidad transfronteriza de personas, vehículos, unidades de transporte y mercancías en las zonal de integraciónfronteriza, deberá distinguir la condición de residente de dicha zona, trabajador transfronterizo y otras figuras acordadas entre los Estados Parte, así como su acreditación, las herramientas que faciliten la gestión y administración de los flujos transfronterizos, entre otros, estableciendo claramente las condiciones en las cuales las franquicias y beneficios acordados alcanzan a los usuarios.

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