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Artículo 55 - QUE REGULA LOS SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 56 del año 2011

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 55. Las empresas de seguridad privada solo podrán celebrar contratos de trabajo con agentes de seguridad debidamente capacitados, que cuenten con la respectiva idoneidad otorgada por el Ministerio de Seguridad Pública de conformidad con las disposiciones de esta Ley, y garantizarán su actualización profesional permanente.

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Artículo 56. Las auditorías a las dependencias, instalaciones, documentos y librosregistro electrónicos de las empresas de servicios de seguridad privada serán efectuadas por funcionarios de la DIASP. Estas empresas están obligadas a poner a disposición de la DIASP cualquier documento o libro que requieran para la realización de sus funciones. Los inspectores de la DIASP levantarán un acta de cada inspección que realicen. Cuando la DIASP revelara la existencia de irregularidades en la actuación de la empresa o infracción de las normas vigentes, se les expedirá una boleta de citación para que comparezcan a las oficinas de la DIASP, a fin de que expongan sus descargos. Las actas deberán estar firmadas por los funcionarios que participen en la diligencia de inspección, los representantes legales o personas autorizadas por la empresa inspeccionada y cualquiera otra persona que participe en la diligencia en representación de instituciones del Estado.

Ver artículo 56 de Ley 56 del año 2011

Artículo 57. Las empresas de seguridad privada dedicadas a las actividades de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulosvalores y objetos valiosos facilitarán la inspección de las bóvedas, ajustándose a las políticas o procedimientos internos de la empresa, con el fin comprobar los datos que figuren en los librosregistro electrónicos y de verificar que cuentan con las medidas mínimas de seguridad que garanticen la protección de los valores. Las medidas mínimas de seguridad serán las siguientes: 1. Seguridad electrónica que incluye alarmas y cámaras monitoreadas por veinticuatro horas al día todos los días de la semana, en las que se guardarán las imágenes por noventa días. 2. Seguridad física de vigilancia y protección las veinticuatro horas todos los días de la semana. 3. Un proceso de reclutamiento, capacitación, selección y control de recursos humanos que laboren en el centro. 4. Llevar los registros electrónicos que la ley ordene. 5. Contratar póliza de fidelidad y robo por un monto que sea de un valor promedio de lo procesado mensualmente, además de las otras pólizas que exija esta Ley.

Ver artículo 57 de Ley 56 del año 2011

Artículo 58. Cuando la DIASP reciba denuncias sobre irregularidades cometidas por empresas o personal dedicados a la prestación de los servicios privados de seguridad, procederá a la comprobación de los hechos denunciados y, en su caso, a la apertura del correspondiente expediente administrativo.

Ver artículo 58 de Ley 56 del año 2011

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