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Artículo 59 - QUE TUTELA LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS DE LAS TARJETAS DE CREDITO Y OTRAS TARJETAS DE FINANCIAMIENTỌ

Ley 81 del año 2009

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 59. Aplicación de normas contables. Cuando se trate de tarjetas de crédito emitidas por entidades bancarias, se aplicará esta Ley en todo lo que no contravenga las normas de contabilidad, técnicas y de prudencia financiera, que establecen el Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998 y las normas que lo modifican y desarrollan.

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Artículo 60. Vigencia. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 50 de 2009 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

Ver artículo 60 de Ley 81 del año 2009

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