Artículo 7 - QUE CREA EL CORREGIMIENTO DE HICACO, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO DE RIO GRANDE, DISTRITO DE SONA, PROVINCIA DE VERAGUAS.
Ley 34 del año 2012
República de Panamá
Artículo 7. El actual representante del corregimiento Río Grande y las autoridades de policía del corregimiento sujeto a segregación, conforme al artículo 1 de esta Ley, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que se realice la elección o designación de los nuevos funcionarios, según sea el caso, de la nueva división políticoadministrativa que establece esta Ley.
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