Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 78 - QUE ESTABLECE UN REGIMEN ESPECIAL, INTEGRAL Y SIMPLIFICADO PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACION DE ZONAS FRANCAS Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 32 del año 2011

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 78. La presente Ley modifica la denominación del Capítulo IV y el artículo 23 de la Ley 19 de 4 de mayo de 2001, el artículo 2 de la Ley 54 de 25 de octubre de 2001 y el artículo 16 de la Ley 36 de 19 de julio de 2007, y deroga el artículo 12 de la Ley 8 de 30 de abril de 1981, la Ley 25 de 30 de noviembre de 1992, el Decreto Ejecutivo 28 de 19 de mayo de 1993 y el Decreto Ley 3 de 7 de enero de 1997.

Palabras clave de éste artículo

avisoenero


Explora otros artículos de esta norma


Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá