Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 8 - QUE CREA DOS DISTRITOS Y SEIS CORREGIMIENTOS EN LA COMARCA NGÄBE-BUGLẸ

Ley 33 del año 2012

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 8. Se crea el corregimiento Cañaveral, segregado del corregimiento Tobobe, en el distrito de Kusapin.

Palabras clave de éste artículo



Explora otros artículos de esta norma

Artículo 9. El artículo 31 de la Ley 69 de 1998 queda así: "Artículo 31. Los límites políticoadministrativos del distrito de Kusapin son los siguientes: 1. Con el distrito de Santa Catalina o Calovébora (Bledeshia) Desde la desembocadura del río San Pedro en el mar Caribe, se continúa aguas arriba este río hasta la confluencia del río Piedra, se continúa aguas arriba este río hasta encontrar el primer brazo de una quebrada sin nombre; desde este punto, se continúa aguas arriba hasta la cabecera de esta quebrada; desde este punto, se continúa con dirección sureste a la cima del cerro sin nombre con cota 1480 al suroeste del río Murciélago, se continúa por toda la divisoria de aguas de la cuenca de los ríos Piedra y Murciélago, brazo del río Chichica, río Chichica y río Balsa hasta encontrar la cordillera Central. 2. Con el distrito de Müna En la cordillera Central, regionalmente llamada serranía del Tabasará, desde un punto ubicado exactamente al norte de la cabecera del río Viguí, se continúa al oeste por esta cordillera hasta la cima del cerro Digüetubite. 3. Con el distrito de Kankintú Desde la cima del cerro Digüetubite, se continúa hacia el noroeste ligeramente, por la divisoria de aguas del río Cricamola y el río Cañaveral hasta la cima del cerro Cleaitú; se continúa en línea recta a la cabecera del río Jualí o quebrada Juglí; desde aquí, se continúa por la cordillera que divide las aguas del río Cañaveral y el río Toborí hasta el punto exactamente al noreste de la cabecera de la quebrada Duari con coordenadas UTM 417,250 m Este y 994,038.12 m Norte; desde aquí, se continúa con dirección oeste a la cabecera de la quebrada Duari, se sigue aguas abajo esta quebrada hasta su desembocadura en la laguna de Chiriquí; desde aquí, se continúa en línea recta con dirección noreste hasta encontrar el límite entre los distritos de Bocas del Toro y Jirondai. 4. Con el distrito de Bocas del Toro Desde un punto equidistante entre Cayo Zapatilla y Cayo Tigre, en el canal del Tigre, se continúa en línea recta con dirección suroeste, pasando por un punto equidistante entre punta Blue Field de la península Valiente y punta Piedra de Cayo de Agua hasta encontrar el límite con el distrito de Chiriquí Grande en la laguna de Chiriquí."

Ver artículo 9 de Ley 33 del año 2012

Artículo 10. El artículo 32 de la Ley 69 de 1998 queda así: "Artículo 32. El distrito de Kusapin se divide en cinco corregimientos, a saber: Bahía Azul, Kusapin, Tobobe, Cañaveral y Río Chiriquí. La cabecera del distrito de Kusapin es la comunidad Kusapin. Los límites políticoadministrativos de los corregimientos del distrito de Kusapin son los siguientes: 1. Corregimiento Bahía Azul La cabecera del corregimiento Bahía Azul es la comunidad Bahía Azul. a. Con el corregimiento Kusapin: Desde un punto ubicado en los límites del distrito de Bocas del Toro con coordenadas UTM 390,037,460 m Este y 1,016,026,497 m Norte, se sigue en línea recta con dirección sureste a la desembocadura de la quebrada Larga en la bahía Azul, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta encontrar una quebrada sin nombre, se continúa por esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se continúa por la divisoria de aguas hasta un punto con coordenadas UTM 406,328 m Este y 1,008,829.56 m Norte. b. Con el corregimiento Tobobe: Desde un punto con coordenadas UTM 406,328 m Este y 1,008,829.56 m Norte, se continúa por toda la divisoria de aguas en dirección suroeste hasta un punto en esta divisoria exactamente al noreste del nacimiento de la quebrada Duari en los límites con el distrito de Kankintú. 2. Corregimiento Kusapin La cabecera del corregimiento Kusapin es la comunidad Kusapin. a. Con el corregimiento Tobobe: Desde un punto con coordenadas UTM 1,008,850 m Este y 406,350 m Norte, se continúa por la divisoria de aguas, pasando por la cota 76 m hasta llegar a la punta Tobobe. b. Con el corregimiento Bahía Azul: Desde un punto ubicado en los límites del distrito de Bocas del Toro con coordenadas UTM 390,037,460 m Este y 1,016,026,497 m Norte, se sigue en línea recta con dirección sureste a la desembocadura de la quebrada Larga en la bahía Azul, se continúa aguas arriba esta quebrada hasta encontrar una quebrada sin nombre, se continúa por esta quebrada hasta su nacimiento; desde aquí, se continúa por la divisoria de aguas hasta un punto con coordenadas UTM 406,328 m Este y 1,008,829.56 m Norte. 3. Corregimiento Tobobe La cabecera del corregimiento Tobobe es la comunidad Tobobe. a. Con el corregimiento Bahía Azul: Desde un punto con coordenadas UTM 406,328 m Este y 1,008,829.56 m Norte, se continúa por toda la divisoria de aguas en dirección suroeste hasta un punto en esta divisoria exactamente al noreste del nacimiento de la quebrada Duari en los límites con el distrito de Kankintú. b. Con el corregimiento Kusapin: Desde un punto con coordenadas UTM 1,008,850 m Este y 406,350 m Norte, se continúa por la divisoria de aguas, pasando por la cota 76 m hasta llegar a la punta Tobobe. c. Con el corregimiento Río Chiriquí: Desde la desembocadura del río Cañaveral o río Caña en el mar Caribe, se continúa aguas arriba este río hasta la confluencia con el río Juglí. d. Con el corregimiento Cañaveral: Desde la confluencia del río Juglí con el río Caña o Cañaveral, se continúa aguas arriba este río hasta su cabecera y encontrar los límites del distrito de Jirondai. 4. Corregimiento Cañaveral La cabecera del corregimiento Cañaveral es la comunidad Cañaveral. a. Con el corregimiento Tobobe: Desde la confluencia del río Juglí con el río Caña o Cañaveral, se continúa aguas arriba este río hasta su cabecera y encontrar los límites del distrito de Jirondai. b. Con el corregimiento Río Chiriquí: Desde un punto localizado al suroeste del nacimiento del río Cañaveral con coordenadas UTM 423,540 m Este y 963,780 m Norte, se sigue en línea recta con dirección noroeste a la cabecera del río Cañaveral, se continúa este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Juglí. 5. Corregimiento Río Chiriquí La cabecera del corregimiento Río Chiriquí es la comunidad Río Chiriquí. a. Con el corregimiento Cañaveral: Desde un punto localizado al suroeste del nacimiento del río Cañaveral con coordenadas UTM 423,540 m Este y 963,780 m Norte, se sigue en línea recta con dirección noroeste a la cabecera del río Cañaveral, se continúa este río aguas abajo hasta su confluencia con el río Juglí. b. Con el corregimiento Tobobe: Desde la confluencia del río Juglí en el río Cañaveral o río Caña, se continúa aguas abajo por este último río hasta su desembocadura en el mar Caribe o golfo de Los Mosquitos. c. Con el corregimiento San Pedrito: Desde la desembocadura del río San Pedro en el mar Caribe, se continúa aguas arriba este río hasta su nacimiento; desde aquí, línea recta en dirección sureste hasta un punto en la cordillera Central con coordenadas UTM 436,871 m Este y 953,090.80 m Norte."

Ver artículo 10 de Ley 33 del año 2012

Artículo 11. Las comunidades y lugares que en la actualidad se encuentran dentro de los límites políticoadministrativos de los corregimientos, sin excluir los que se desarrollen en el futuro, son los siguientes: 1. Corregimiento Tobobe: Tobobe, Quebrada Tobobe, Pueblo Nuevo, Kuenaningote, Punta Escondida, Bahía Escondida, Punta Níspero, Skar Hole, Playa Old Best, Playa Roja, Río Diablo, Coco Plum, Puerto Fiebre, Boca de Río Caña, Potete, Quebrada Quenani, Rancho Coco, Cuenoni y Juglé (P). 2. Corregimiento Cañaveral: Cañaveral, Essey Arriba, Essey Abajo, Essey Chi, El Congo, Riconte, Cabeza de Toro No.1, Cabeza de Toro No.2, Clerote, Picara, Ritty, Río Viento, Quebrada Suegro, Kleay, Curari, Río Chico, Pueblo Nuevo, Muate, Kiari, Visiri, Viusitobite, Ñoblote, Cuglogroe, Borumigote, Crigote, Ruitiubiti, Sabiote, Emiti, Torente, Kully, Cerro Puerco, Cabecera de Dorori (P), Cirira, Río Cayuco Arriba, Loma de Río Caña, Río Cayuco Abajo, Cabecera de Río Caña, Odabari, Rancho Coco (P) y Boca de Río Caña.

Ver artículo 11 de Ley 33 del año 2012

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá