Artículo 8 - QUE CREA EL DISTRITO DE TIERRAS ALTAS, SEGREGADO DEL DISTRITO DE BUGABA, Y EL CORREGIMIENTO DE SOLANO, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO DE LA CONCEPCION, EN EL DISTRITO DE BUGABẠ
Ley 55 del año 2013
República de Panamá
Artículo 8. La elección del representante de los corregimientos Solano, Nueva California, Cuesta de Piedra y Paso Ancho y del alcalde, que corresponda por razón de esta Ley, se realizará dentro del ordenamiento del periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral. El Tribunal Electoral deberá tomar las medidas necesarias para la futura elección de estos cargos de elección popular.
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