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Artículo 83 - POR LA CUAL SE ADOPTA LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICẠ

Ley 32 del año 1984

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 83. La Contraloría General de la República intervendrá como parte en los procesos en que se acuse la ilegalidad o de inconstitucionalidad uno de sus actos; para tales efectos, el Contralor General podrá otorgar poder especial a un abogado de la Dirección de Asesoría Legal.

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Contraloría General de la RepúblicaprocesoContralor General de la República


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Artículo 84. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación y deroga la Ley 6 de 1941, y todas las disposiciones que le sean contrarías.

Ver artículo 84 de Ley 32 del año 1984

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