Artículo 83 - POR LA CUAL SE ADOPTA LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICẠ
Ley 32 del año 1984
República de Panamá
Artículo 83. La Contraloría General de la República intervendrá como parte en los procesos en que se acuse la ilegalidad o de inconstitucionalidad uno de sus actos; para tales efectos, el Contralor General podrá otorgar poder especial a un abogado de la Dirección de Asesoría Legal.
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