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Artículo 84 - POR LA CUAL SE ESTABLECE LA LEGISLACION DE VIDA SILVESTRE EN LA REPUBLICA DE PANAMA Y SE DICTAN OTRAS DISPOCISIONES.

Ley 24 del año 1995

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 84. Queda derogado el Decreto Ejecutivo 23 de 1967, los Artículos 346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356 y 357 del Código Civil; los Artículos 1615, 1616, 1617, 1618, 1619, 1621, 1622, 1623, 1624, 1624a y 1624b del Código Administrativo y las disposiciones que le sean contrarias.

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