Artículo 9 - QUE CREA LA ORDEN ARNULFO ARIAS MADRID Y SU CONDECORACION
Ley 1 del año 2003
República de Panamá
Artículo 9. La Orden Arnulfo Arias Madrid tendrá tres grados, a saber: 1. Gran Collar 2. Gran Cruz 3. Gran Oficial.
Palabras clave de éste artículo
aviso
Explora otros artículos de esta norma
Artículo 10. El Grado de Gran Collar se concederá exclusivamente a Jefes de Estado o de Gobierno, en particular por ejecutorias e iniciativas relacionadas con el desarrollo del sistema democrático de gobierno. En ningún caso se otorgará a Jefes de Estado o de Gobierno cuyo ascenso al poder haya sido producto de una ruptura del orden constitucional.
Ver artículo 10 de Ley 1 del año 2003
Artículo 11. El Grado de Gran Cruz se podrá conceder a Ministros o Secretarios de Estado, Miembros de Asambleas Representativas, Magistrados o Jueces de Tribunales Supremos, Embajadores u otros Dignatarios de categoría equivalente, o a personalidades de relieve mundial, que hayan hecho contribuciones especiales al desarrollo del sistema democrático de gobierno o al progreso científico, literario, artístico, intelectual o humanitario de la Nación panameña en particular o de la humanidad en general.
Ver artículo 11 de Ley 1 del año 2003
Artículo 12. El Grado de Gran Oficial se podrá conceder a funcionarios nacionales o extranjeros, incluyendo a diplomáticos de menor jerarquía, o a personas nacionales o extranjeras que hayan contribuido de manera singular al desarrollo de la Nación panameña en la esfera científica, literaria, artística, intelectual, humanitaria o política, según las prescripciones del sistema democrático.
Ver artículo 12 de Ley 1 del año 2003
Abogados Expertos relacionados 
Buscar algo específico en las normas de Panamá