Artículo 98 - QUE DESARROLLA LA JURISDICCION DE CUENTAS Y REFORMA LA LEY 32 DE 1984, ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERALDE LA REPUBLICẠ
Ley 67 del año 2008
República de Panamá
Artículo 98. Esta Ley modifica los artículos 1, 9 y 17 y adiciona el artículo 83A a la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984; adiciona el artículo 3A a la Ley 59 de 29 de diciembre de 1999 y deroga el Decreto de Gabinete 36 de 10 de febrero de 1990, el Decreto 65 de 23 de marzo de 1990, así como el numeral 14 del artículo 11 y los artículos 32, 33, 34, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70 y 71 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984.
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