Ley 8 de null
Artículo 519. Con la demanda de limitación deben acompañarse los siguientes documentos: l. El depósito de la suma total mediante la cual se constituye el fondo de limitación de responsabilidad o la caución que responda por el pago de esta suma. 2. El título de propiedad de la nave y cuando se trate de naves nacionales, un certificado del Registro Público en que conste el propietario de la nave y si existen o no derechos reales u otros gravámenes sobre dicho bien. 3. Copia del certificado de arqueo o, si no 10 hubiere, el documento que acredite el tonelaj e de la nave. 4. Una lista de los acreedores conocidos sujetos a la limitación, incluyendo el monto de los respectivos créditos, títulos y domicilios. S. Designación de las pruebas que se presentarán oportunamente.
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