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QUE INSTITUYE EL FESTIVAL DE LA POLLERA CONGO, MASCARAS Y BAILES DE DIABLOS, Y SE CREA SU PATRONATỌ

Ley 41 del año 2018

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 1. Se instituye el Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos, el cual se realizará anualmente en la población de Portobelo, distrito de Portobelo, provincia de Colón; con la finalidad de incentivar el turismo y promover el comercio en la región.

Artículo 2. El Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos tiene como finalidad: 1. Incentivar el desarrollo social, económico y comercial del distrito de Portobelo. 2. Promover el turismo nacional e internacional. 3. Rescatar, conservar y divulgar, las tradiciones y costumbres costeñas, y folclóricas de esta región. 4. Preservar la identidad cultural a través de la danza, el arte, la gastronomía costeña y el folclor. 5. Fomentar y fortalecer la unión familiar y el sano esparcimiento.

Artículo 3. Se crea el Patronato del Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos, en adelante el Patronato, como entidad de interés público y social, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen administrativo, económico y financiero, que se regirá por esta Ley.

Artículo 4. El Patronato estará integrado por: 1. El Ministro de Turismo. 2. El Director del Instituto Nacional de Cultura. 3. El Gerente General de la Zona Libre de Colón. 4. Dos representantes de la Fundación Portobelo. 5. Dos representantes del Grupo Realce Histórico. 6. El Alcalde del distrito de Portobelo. 7. Un representante de la Junta Comunal de Portobelo.

Artículo 5. Los miembros del Patronato serán nombrados para un periodo de cuatro años, con excepción de los miembros indicados en los numerales 4 y 5 del artículo anterior, quienes podrán reelegirse indefinidamente. El procedimiento de escogencia y selección será reglamentado por el Patronato. El Patronato tendrá una Junta Directiva que se elegirá entre sus miembros.

Artículo 6. El Patronato tendrá las funciones siguientes: 1. Asegurar la realización anual del Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos. 2. Promover, ejecutar, administrar y desarrollar acciones destinadas a la celebración del Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos. 3. Fomentar la participación de las autoridades locales, el sector público, el sector privado, el sector educativo y la sociedad civil, en la celebración del Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos. 4. Administrar, custodiar y proteger con eficiencia los bienes y recursos recibidos para la promoción, conservación, divulgación, realización, celebración y desarrollo del Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos. 5. Velar por el cumplimiento de los objetivos y demás disposiciones establecidas en la presente Ley.

Artículo 7. El Estado a través de la Autoridad de Turismo de Panamá y del Instituto Nacional de Cultura, destinará del presupuesto de funcionamiento de cada institución, una partida anual de setenta mil balboas (B/. 70 000.00), como aporte para el Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos.

Artículo 8. Los miembros del Patronato deberán tomar las acciones necesarias para brindar los aportes económicos al patrimonio, con el fin de asegurar la continuación del Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos.

Artículo 9. El patrimonio del Patronato estará constituido por: 1. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera el Patronato. 2. Las donaciones que reciba de instituciones públicas y entidades privadas. 3. Los fondos que le asigne el Estado. 4. Las herencias o legados que se hagan en su beneficio. 5. Los ingresos y cualquier otro bien o derecho que reciba producto de su autogestión.

Artículo 10. El Patronato estará exento del pago de toda contribución, gravamen e impuesto nacional. Las contribuciones, aportes o donaciones que reciba, de persona natural o jurídica, serán deducibles del impuesto sobre la renta.

Artículo 11. La Contraloría General de la República fiscalizará el manejo de los fondos y bienes del Patronato provenientes del Estado.

Artículo 12. El municipio de Portobelo y los centros educativos oficiales, realizarán actividades dirigidas a exaltar las tradiciones folclóricas, durante el Festival de la Pollera Congo, Máscaras y Bailes de Diablos.


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